IVA GASOIL – Devolución a productores (actualización)

IVA GASOIL – Devolución a productores (actualización)

Ganado ovino y bovino

Tal como informamos en anteriores ediciones, a través del Decreto Nº88/020 de fecha 11 de marzo de 2020 se le otorgó a los productores de ganado bovino y ovino que no tributen IRAE por sus actividades productivas, la devolución del IVA incluido en las adquisiciones de gasoil destinadas al desarrollo de las mismas aplicable a todas las compras que se realicen a partir del 1º de marzo de 2020 y teniendo como plazo un año.

Mediante el Decreto Nº83/021 de fecha 15 de marzo de 2021 se extiende el beneficio a todas las adquisiciones de gasoil destinadas al desarrollo de sus actividades productivas que se realicen a partir del 1º de marzo de 2021, teniendo como plazo un año. Respecto a esto la DGI estableció a través de la Resolución N°492/021 que las estaciones de servicio y distribuidores de combustible, deberán informar mensualmente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las enajenaciones de gasoil que no estuvieran destinadas al consumo final y en tanto no hubieran sido documentadas mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). Aquellos contribuyentes que sean emisores electrónicos y se encuentren en período de transición, también deberán presentar la referida información por la totalidad de sus enajenaciones de gasoil comprendidas.

El MGAP con la DGI determinará qué productores podrán ampararse bajo este decreto.

El beneficio tiene como límite el 0.4% de las ventas relacionadas a ganado bovino y ovino correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado antes del 1 de julio de 2020. A efectos de determinar el límite máximo del mencionado beneficio, los ingresos a considerar no podrán superar los 2:000.000 UI, tomadas a la cotización del 30 de junio de 2020.

Por otra parte, se establece que quienes resulten contribuyentes de IRAE por actividades no agropecuarias podrán acceder al beneficio siempre que no tributen el referido impuesto por la actividad agropecuaria.

También podrán acceder al régimen previsto los contribuyentes que obtengan rentas agropecuarias y queden preceptivamente incluidos en el IRAE.

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Montserrat Gonzalez
Montserrat Gonzalez
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